Tribunal de Justicia de la Unión Europea desestima demanda de hermanos Cierco, accionistas de Banca Privada de Andorra, contra Comisión Europea

Compartir

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha vuelto a decir no a los máximos accionistas de Banca Privada de Andorra (BPA), el hermanos Cierco y su madre, y ha tumbado de manera definitiva la demanda en la que reclamaban una compensación de 50 millones de euros en Bruselas por una presunta negligencia de la Comisión Europea relacionada con la intervención por parte del Gobierno de la entidad a raíz de la nota de la finca de marzo de 2015. la familia Cierco, poseedora del 75,2% del las acciones de BPA, solicitaba una reparación por el perjuicio que había sufrido como consecuencia de la negligencia de la Comisión Europea en el control de la aplicación del Acuerdo Monetario entre la Unión Europea y el Principado, por un lado, y por la aplicación de dicho acuerdo, por el otro.

Según Diario de Andorra, concretamente, denunciaron Bruselas por una supuesta falta de control y de supervisión de la Unión Europea sobre la transposición por parte de Andorra de la directiva 2014/59 / UE. Los exaccionistes defendieron en la demanda que el Gobierno transpuso de manera parcial esta directiva cuando el Consejo General aprobó la llamada Ley del AREB. Debido a esto, según los Cierco, se vieron privados de todo su capital sin recibir ningún tipo de compensación económica a cambio, entendiendo que esto iba en contra de la normativa comunitaria y suponía un arbitrario perjuicio de su derecho a la propiedad que se hizo sin justificar un interés público.

La justicia europea desestimó la solicitud de reparación del perjuicio en un auto firmado por el Tribunal General el 25 de junio pasado, pero la familia Cierco interpuso un recurso de casación contra esta decisión. En el escrito solicitaron la anulación del auto y la condena en gastos a la Comisión y, con carácter principal, el retorno del asunto al Tribunal General o, en carácter subsidiario, la estimación del recurso. La acción la resolvió la sala séptima del Tribunal de Justicia de la Unión Europea el 3 de marzo pasado en el sentido contrario a las pretensiones de los máximos accionistas de BPA antes de la intervención.

Tras estudiarlo, los magistrados decidieron destestimar el recurso al considerarlo «en parte manifiestamente inadmisible» y «en parte manifiestamente infundado». La familia Cierco sólo deberá cargar con sus propios gastos, ya que la sala desestimó el recurso antes de haberlo notificado a la Comisión Europea, lo que no supuso ningún gasto para Bruselas. Cinco motivos de impugnación En el recurso de casación de los antiguos propietarios de BPA se invocaron cinco motivos por los que se impugnan las apreciaciones del Tribunal General en el auto. Cuatro fueron considerados por la sala como «manifiestamente infundados» y el quinto como «manifiestamente inadmisible». Y es por eso que desestimó el recurso de casación.




Semanario El Venezolano. Madrid, del 03 al 16 de agosto de 2022

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *